Facua-Consumidores en Acción advierte de que las entidades de crédito no pueden imponer la contratación de seguros a los usuarios que soliciten a los bancos las ayudas de financiación avaladas por el Instituto de Crédito Oficial (ICO) para el pago del alquiler de sus viviendas.
La asociación ha tenido conocimiento de que diferentes entidades están exigiendo la contratación de un seguro de Vida como condición para conceder financiación a través de las Líneas ICO para empresas, especialmente autónomos y pymes, aprovechando que las distintas normas aprobadas por el Gobierno en el estado de alarma no prohíben expresamente estas prácticas.
En este sentido, Facua incide en que el Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al Covid-19, indica en su artículo 9 que las ayudas de financiación destinadas al pago del alquiler de las viviendas para personas que se encuentren en situación de vulnerabilidad no pueden, en ningún caso, devengar «ningún tipo de gastos e intereses para el solicitante«. La imposición de contratar cualquier tipo de seguro para acceder a dichas ayudas de financiación, por tanto, vulneraría claramente lo dispuesto en la normativa y pondría además en cuestión los fines que la medida persigue.
Actualmente, la asociación indica que los criterios y requisitos concretos de acceso a las ayudas de financiación para el pago del alquiler de las viviendas se encuentran todavía pendientes de definir mediante una Orden del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.