El Consorcio de Compensación de Seguros emitió el 14 de julio de 2020 una Resolución por la que se prorrogan determinadas medidas de carácter temporal para facilitar el procedimiento y los plazos de declaración y liquidación por las entidades aseguradoras de los recargos a favor del Consorcio de Compensación de Seguros, y para facilitar a éste la gestión y el pago a los asegurados de las indemnizaciones del seguro de riesgos extraordinarios.
Las medidas contenidas en la Resolución de la Presidencia del Consorcio de Compensación de Seguros de 30 de abril de 2020, por la que se establecen determinadas medidas de carácter temporal para facilitar el procedimiento y los plazos de declaración y liquidación por las entidades aseguradoras de los recargos a favor del Consorcio de Compensación de Seguros, y para facilitar a éste la gestión y el pago a los asegurados de las indemnizaciones del seguro de riesgos extraordinarios, extenderán su vigencia temporal durante 3 meses desde la finalización del estado de alarma, transcurrido el cual, las medidas dejaran de tener efecto.
Según el Consorcio, «con el propósito de mitigar la incidencia para el sector asegurador y las relaciones con los tomadores y asegurados fruto de la situación generada por la Covid-19, una Resolución de 30 de abril de 2020 estableció medidas excepcionales para facilitar la declaración de los recargos por las entidades aseguradoras en aquellos casos en los que éstas hubieran concedido a sus tomadores facilidades de pago, en el periodo comprendido desde la declaración del estado de alarma el 14 de marzo hasta el 21 de julio, sin perder por ello la comisión de cobranza y sin que diera lugar al rechazo de las solicitudes de indemnización de los asegurados que sufran daños ocasionados por riesgos extraordinarios, por encontrarse pendiente el pago de la prima del seguro y el recargo a favor del Consorcio dentro de los plazos acordados por las entidades aseguradoras con sus asegurados. El “Plan para la Transición hacia la Nueva Normalidad” aconseja la extensión de las medidas contenidas en la Resolución de la Presidencia del Consorcio de Compensación de Seguros de 30 de abril de 2020″.